miércoles, 23 de marzo de 2016

Alemania y su forma de gobierno.

UBICACIÓN GEOGRÁFICA



















BANDERA Y SU SIGNIFICADO






FORMA POLÍTICA


Es una república federal, democrática, representativa y parlamentaria. El sistema político alemán opera bajo un marco establecido en el documento constitucional de 1949 conocido como la Grundgesetz (Ley Fundamental). Al llamar el documento Grundgesetz, en lugar de Verfassung (constitución), los autores expresaron la intención de que sería sustituido por una constitución adecuada una vez que Alemania fue re unificada como un estado. Las enmiendas a la Grundgesetz generalmente requieren una mayoría de dos tercios de ambas cámaras del parlamento; los artículos que garantizan los derechos fundamentales, la separación de poderes, la estructura federal, y el derecho de resistir a los intentos de derrocar la constitución son válidos en perpetuidad y no pueden ser modificados. A pesar de la intención inicial, la Grundgesetz sigue en vigor después de la re unificación alemana en 1990, aunque con algunas modificaciones.

El Bundeskanzler (Canciller Federal), actualmente Angela Merkel, es el jefe de gobierno y ejerce el poder ejecutivo, similar al papel de un Primer Ministro en otras democracias parlamentarias. El poder legislativo recae en el parlamento compuesto por el Bundestag (Dieta Federal) y el Bundesrat (Consejo Federal), que en conjunto forman un único tipo de órgano legislativo. El Bundestag es elegido mediante elecciones directas respetuosas de la representación proporcional. Los miembros del Bundesrat representan a los gobiernos de los dieciséis estados federales y son miembros de los gabinetes de estado. Los respectivos gobiernos estatales tienen el derecho de nombrar y remover a sus enviados en cualquier momento.


El Tribunal de justicia es independiente del poder ejecutivo y el legislativo. Tiene un estatuto civil que se basa en el derecho romano con algunas referencias al derecho germánico.
 El Bundesverfassungsgericht (Tribunal Constitucional Federal), con sede en Karlsruhe, es el Tribunal Supremo alemán responsable de asuntos constitucionales, con el poder de realizar procesos de revisión judicial.32 Actúa como la más alta autoridad jurídica y se asegura de que las prácticas de los poderes legislativo y judicial se ajustan a la práctica la Ley Fundamental para la República Federal de Alemania (Ley Fundamental). Actúa con independencia de los otros órganos del Estado, pero no puede actuar en su propio nombre.


Historia de Venezuela y su forma de gobierno

UBICACIÓN GEOGRÁFICA


HISTORIA DE VENEZUELA


EL DESCUBRIMIENTO:Fue descubierta en el tercer viaje de Colón a América, en 1498.

LA CONQUISTA:Llegó hasta la mitad del siglo XVII.Los españoles conquistaron con la idea de la evangelización y claro, también conseguir las riquezas.Hubo una fuerte resistencia pero Diego de Losada logró aprender al líder de los aborígenes y en julio de 1567 fundó una ciudad que llamó Santiago de León de Caracas.

LA COLONIA:Debido a que las provincias que constituían a Venezuela no eran muy ricas primero dependieron de Santo Domingo, después de Santa Fe de Bogotá y posteriormente fue convertida en virreinato. El cacao fue el producto que más se exportaba.

LA INDEPENDENCIA:Inició en Caracas el 19 de Abril  de 1810. El estado Venezolano se fundó en 1811, cuando los miembros de la Sociedad Patriótica convencieron a la mayoría de los congresantes declarar la independencia de Venezuela.Con la entrada de Bolívar a Caracas el 7 de agosto de 1813 quedó instituida una nueva república. Ésta cayó por la aparición de José Tomás Boves, un caudillo que prometía darles las riquezas de los blancos comandó un ejército de llaneros pardos. Finalmente las tropas independentistas comandadas por Simón Bolívar lograron vencer en Carabobo en 1821 y se consolida su independencia.

LA DEMOCRACIA:Se hicieron elecciones democráticas, donde Rómulo Betancourt resultó ganador. En diciembre de 1998 los dos principales partidos del establecimiento AD y COPEI, no recibieron ni siquiera el 5% de los votos. Hugo Chávez, candidato del Movimiento V República (MVR), ganaba ampliamente las elecciones, sobre el ex-gobernador de Carabobo, Enrique Salas Römer, quien había fundado un movimiento político denominado “Proyecto Venezuela”.Al llegar a la presidencia, Hugo Chávez convocó a un referéndum (que resultó positivo) para decidir si se cambiaba la constitución. Posteriormente se eligió una Asamblea Constituyente que redactó la nueva constitución de la “República Bolivariana de Venezuela”, la cual fue aprobada en otro referéndum, abriendo un nuevo capítulo en la historia de Venezuela.

BANDERA Y SU SIGNIFICADO13


Su  bandera representa con el color:

AMARILLO: las riquezas del país.

AZUL: es el mar.

ROJO: representa la sangre que se derramó para conseguir la libertad.

LAS ESTRELLAS: son las provincias que firmaron el acta de independencia en 1811 y la provincia de Guayana.




FORMA POLÍTICA

EL PODER PÚBICO15.pngPODER EJECUTIVO-PresidenteArtículo 227. Para ser elegido Presidente o Presidenta de la República se requiere ser venezolano o venezolana por nacimiento, no poseer otra nacionalidad, ser mayor de treinta años, de estado seglar y no estar sometido o sometida a condena mediante sentencia definitivamente firme y cumplir con los demás requisitos establecidos en esta Constitución.Funciones del presidente:Artículo 236 Constitucional. Son atribuciones y obligaciones del Presidente o Presidenta de la República:Buscar el cumplimiento de la Constitución y de la ley.Guiar al paísColocar y destituir a los Vicepresidentes o Ministros. Ser el representante del país a nivel internacional.Ser la mayor autoridad de la Fuerza Armada Nacional y dirigirlaAdministrar la Hacienda Pública Nacional-VicepresidenteArtículo 238 Constitucional. El Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva es órgano directo y colaborador inmediato del Presidente o Presidenta de la República en su condición de Jefe o Jefa del Ejecutivo Nacional.El Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva reunirán las mismas condiciones exigidas para ser Presidente o Presidenta de la República, y no podrá tener ningún parentesco de consanguinidad ni de afinidad con éste.*Atribuciones del vicepresidenteSer el principal ayudante del Presidente de la República.Seguir las instrucciones del Presidente para coordinar la Administración Pública.Sugerir el nombramiento o destitución de los Ministros al Presidente.Presidir el Consejo de Ministros cuando esté autorizado por el Presidente.Coordinar las relaciones del Ejecutivo Nacional con la Asamblea Nacional.Armonizar las relaciones del Presidente con la Asamblea Nacional.–MinistrosArtículo 242 Constitucional. Los Ministros o Ministras son órganos directos del Presidente o Presidenta de la República, y reunidos o reunidas conjuntamente con este o ésta y con el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, integran el Consejo de Ministros.De las decisiones del Consejo de Ministros son solidariamente responsables el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva y los Ministros o Ministras que hubieren concurrido, salvo aquellos o aquellas que hayan hecho constar su voto adverso o negativo.

PODER LEGISLATIVOEl Poder Legislativo es unicameral y reside en la Asamblea nacional  siendo la encargada de la formación, discusión y sanción de las leyes federales, además de las que rigen en el Distrito Capital, las Dependencias y los Territorios Federales. Además está encargado de las sanciones de este país.

ASAMBLEA NACIONALSe compone actualmente de 167 diputados que sirven por cinco años y pueden ser reelegidos de acuerdo con la Enmienda Nº 1 de la Constitución Nacional. El número de diputados puede variar según el aumento de la población.Artículo 186. La Asamblea Nacional estará integrada por diputados y diputadas elegidos o elegidas en cada entidad federal por votación universal, directa, personalizada y secreta con representación proporcional, según una base poblacional del uno coma uno por ciento de la población total del país.*Atribuciones de la asambleaLegislar en las materias de la competencia nacional y sobre el funcionamiento de las distintas ramas del Poder Nacional.Proponer enmiendas y reformas a esta Constitución, en los términos establecidos en ésta.Ejercer funciones de control sobre el Gobierno y la Administración Pública Nacional, en los términos consagrados en esta Constitución y en la ley. Los elementos comprobatorios obtenidos en el ejercicio de esta función, tendrán valor probatorio, en las condiciones que la ley establezca.Organizar y promover la participación ciudadana en los asuntos de su competencia.Decretar amnistías.Discutir y aprobar el presupuesto nacional y todo proyecto de ley concerniente al régimen tributario y al crédito público.

PODER JUDICIALArtículo 253 Constitucional. La potestad de administrar justicia emana de los ciudadanos y ciudadanas y se imparte en nombre de la República por autoridad de la ley. Corresponde a los órganos del Poder Judicial conocer de las causas y asuntos de su competencia mediante los procedimientos que determinen las leyes, y ejecutar o hacer ejecutar sus sentencias.El sistema de justicia está constituido por el, Tribunal supremo de justicia  los demás tribunales que determine la ley, el Ministerio Público, la Defensoría Pública, los órganos de investigación penal, los o las auxiliares y funcionarios o funcionarias de justicia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia, los ciudadanos o ciudadanas que participan en la administración de justicia conforme a la ley y los abogados autorizados o abogadas autorizadas para el ejercicio.

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIAEl Tribunal Supremo de Justicia funcionará en Sala Plena y en las Salas Constitucional, Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil, de Casación Penal y de Casación Social, cuyas integraciones y competencias serán determinadas por su ley orgánica.La Sala Social comprenderá lo referente a la casación agraria, laboral y de menores.*Competencia del tribunal supremo de justiciaDeclarar si hay o no mérito para el enjuiciamiento del Presidente o Presidenta de la República o quien haga sus veces, y en caso afirmativo, continuar conociendo de la causa previa autorización de la Asamblea Nacional, hasta sentencia definitiva.Dirimir las controversias administrativas que se susciten entre la República, algún Estado, Municipio u otro ente público, cuando la otra parte sea alguna de esas mismas entidadesDeclarar la nulidad total o parcial de los reglamentos y demás actos administrativos generales o individuales del Ejecutivo Nacional, cuando sea procedente.Conocer de los recursos de interpretación sobre el contenido y alcance de los textos legales, en los términos contemplados en la ley.

PODER CIUDADANO

Artículo 273 Constitucional. El Poder Ciudadano se ejerce por el Consejo moral Republicano, integrado por el Defensor o Defensora del Pueblo, el Fiscal o la Fiscal General y el Contralor o Contralora General de la República.Los órganos del Poder Ciudadano son la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público y la Contraloría General de la República, uno o una de cuyos o cuyas titulares será designado o designada por el Consejo Moral Republicano como su Presidente o Presidenta por períodos de un año, pudiendo ser reelegido o reelegida.El Poder Ciudadano es independiente y sus órganos gozan de autonomía funcional, financiera y administrativa. A tal efecto, dentro del presupuesto general del Estado se le asignará una partida anual variable.

INTEGRAN EL CONSEJO MORAL REPUBLICANO:-La defensoría del puebloArtículo 280 Constitucional. La Defensoría del Pueblo tiene a su cargo la promoción, defensa y vigilancia de los derechos y garantías establecidos en esta Constitución y los tratados internacionales sobre derechos humanos, además de los intereses legítimos, colectivos o difusos, de los ciudadanos y ciudadanas.La Defensoría del Pueblo actuará bajo la dirección y responsabilidad del Defensor o Defensora del Pueblo, quien será designado o designada por un único período de siete años.-El Ministerio publicoArtículo 285 Constitucional. Son atribuciones del Ministerio Público:Garantizar en los procesos judiciales el respeto a los derechos y garantías constitucionales, así como a los tratados, convenios y acuerdos internacionales suscritos por la República.Garantizar la celeridad y buena marcha de la administración de justicia, el juicio previo y el debido proceso.Ordenar y dirigir la investigación penal de la perpetración de los hechos punibles para hacer constar su comisión con todas las circunstancias que puedan influir en la calificación y responsabilidad de los autores o las autoras y demás participantes, así como el aseguramiento de los objetos activos y pasivos relacionados con la perpetración.-Contraloría general de la republicaArtículo 287 Constitucional. La Contraloría General de la República es el órgano de control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos, bienes públicos y bienes nacionales, así como de las operaciones relativas a los mismos. Goza de autonomía funcional, administrativa y organizativa, y orienta su actuación a las funciones de inspección de los organismos y entidades sujetas a su control.



PODER ELECTORAL: Artículo 292 Constitucional. El Poder Electoral se ejerce por el Consejo Nacional Electoral como ente rector y, son organismos subordinados a éste, la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y Financiamiento, con la organización y el funcionamiento que establezca la ley orgánica respectiva.*Funciones del poder electoral:Reglamentar las leyes electorales y resolver las dudas y vacíos que éstas susciten o contengan. Formular su presupuesto, el cual tramitará directamente ante la Asamblea Nacional y administrará autónomamente.Dictar directivas vinculantes en materia de financiamiento y publicidad político-electorales y aplicar sanciones cuando no sean acatadas. Declarar la nulidad total o parcial de las elecciones.
 La organización, administración, dirección y vigilancia de todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular de los poderes públicos, así como de los referendos.

Historia de Argentina y su forma de gobierno

UBICACIÓN GEOGRÁFICA

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HISTORIA DE ARGENTINA

Oficialmente, se utilizó por primera vez la denominación República Argentina en la Constitución de 1826. Durante el gobierno de Juan Manuel de Rosas (1835-1852) se utilizaron, entre otros, los nombres de Confederación Argentina, República de la Confederación Argentina, y Federación Argentina.La Constitución Argentina de 1853 se sancionó en nombre del pueblo de la Confederación Argentina, pero al incorporarse el Estado de Buenos Aires, en 1860 se cambió por Nación Argentina y se incorporó el artículo 35:Las denominaciones adoptadas sucesivamente desde 1810 hasta el presente, a saber: Provincias Unidas del Río de la Plata; República Argentina, Confederación Argentina, serán en adelante nombres oficiales indistintamente para la designación del Gobierno y territorio de las provincias, empleándose las palabras «Nación Argentina» en la formación y sanción de las leyes.El 8 de octubre de 1860, en la ciudad de Paraná, entonces capital de la Confederación Argentina, el presidente Santiago Derqui decretó que:Siendo conveniente a este respecto establecer la uniformidad en los actos administrativos, el Gobierno ha venido a acordar que para todos estos actos se use la denominación República Argentina.El nombre fue confirmado definitivamente en 1862 por Bartolomé Mitre, primer presidente del país reunificado, al utilizar el título de presidente de la Nación Argentina.

BANDERA Y SU SIGNIFICADO

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La creación de la bandera de la Argentina es atribuida a Manuel Belgrano, quien hizo una bandera a principios de 1812 usando los colores blanco y celeste conforme a los de la escarapela ya oficializada, pero se desconoce cuál era la intensidad del color celeste y cuál era su diseño -el que varía en la cantidad de dos a tres fajas y en su ubicación horizontal o vertical- ya que la bandera oficial finalmente adoptada es la menor que fue la que estableció el Congreso de Tucumán -como símbolo patrio de las Provincias Unidas del Río de la Plata- mediante la ley del 26 de julio de 1816, la dividió en tres fajas horizontales de igual tamaño, de color celeste la superior e inferior y de color blanco la central, a la que se le agregó el Sol de Mayo, establecido por la ley del 25 de febrero de 1818.

ESCUDO

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El escudo de la República Argentina fue aceptado oficialmente el 12 de marzo de 1813 por la Asamblea General Constituyente de ese año. Aun así, se conservan documentos emitidos por la Asamblea que testimonian que antes de conocerse el decreto que aprobara su diseño ya se empleaba el actual escudo, habiéndose utilizado con anterioridad a este el escudo de armas del Virreinato del Río de la Plata.

FORMA POLÍTICA


La República Argentina es un estado soberano, organizado como república representativa y federal, situado en el extremo sureste de América. Su territorio está dividido en 23 provincias y una ciudad autónoma, Buenos Aires, capital de la nación y sede del gobierno federal.

PODER LEGISLATIVOEncargado de dictar las leyes, las reglas generales y obligatorias para la población de un Estado.Designa e interviene en la decisión de jueces, embajadores y otros funcionarios.Aprueba tratados de paz, límites; dicta códigos civiles, comerciales, penales, de minería, del trabajo y seguridad social.Decide el presupuesto de gastos (ingresos y egresos del país).Regula el comercio interior y la navegación de los ríos y mares del país.Fija los impuestos y los aranceles aduaneros.Compuesto por dos cámaras, una de diputados de la Nación y otra de senadores.Los senadores duran seis años en su cargo y son reelegibles indefinidamente.Los diputados durarán en su cargo cuatro años y son reelegibles.La cámara de diputados cuenta con 257 integrantes, y la de senadores con 72.

PODER EJECUTIVODesempeñado por un ciudadano con el título de Presidente de la Nación Argentina.Tiene a su cargo la administración general del país.Posee las atribuciones de comandar las fuerzas armadas.Responsable de ejecutar las leyes y hacerlas cumplir.Representa a la Nación frente a otros Estados.Promulgar las leyes, de designar a los funcionarios públicos.Nombra a los ministros y presenta proyectos de ley.Otorgar condecoraciones o distinciones, de conmutar las penas y de indultar.El presidente y el vicepresidente duran en su cargo 4 años y pueden ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo período consecutivo.



PODER JUDICIALEjercido por una Corte Suprema de Justicia.Los jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores de la Nación conservarán sus empleos mientras dure su buena conducta.Ser abogado de la Nación con 8 años de ejercicio.En la instalación de la Corte Suprema, los individuos nombrados prestarán juramento en manos del presidente de la Nación.La Corte Suprema dictará su reglamento interior y nombrará a sus empleadosEn ningún caso el presidente de la Nación puede ejercer funciones judiciales.-El Consejo será integrado periódicamente-Seleccionar mediante concursos públicos los postulantes a las magistraturasinferiores.-Emitir propuestas en ternas vinculantes, para el nombramiento de losmagistrados de los tribunales inferiores.-Administrar los recursos y ejecutar el presupuesto que la ley asigne a laadministración de justicia.-Ejercer facultades disciplinarias sobre magistrados.
-Dictar los reglamentos relacionados con la organización judicial.